17 de septiembre de 2018

La Queja médica no es equiparable a la reclamación por Responsabilidad Patrimonial tratándose de una atención médica deficiente por parte del IMSS

En una entrada anterior hablamos sobre la reciente sentencia de la Suprema Corte que ha establecido un plazo de 2 años para solicitar en Queja médica al ISSSTE una indemnización por daño moral en virtud de una deficiente prestación de los servicios médicos del instituto. En el caso del Instituto Mexicano del Seguro Social realizar tal petición por medio de una queja médica es imposible, pues en el caso del IMSS, las reglas y normativa cambian, teniendo que realizar dicha petición a través de una figura jurídica distinta.

Lo anterior resulta así porque a diferencia de la Queja ante el ISSSTE, la queja médica que se tramita ante el IMSS tiene un origen, procedimiento y naturaleza distintos, por lo que la única forma de solicitar una indemnización de ese tipo es por medio del procedimiento de Reclamación por Responsabilidad Patrimonial del Estado, por lo que es imposible obtener una indemnización por daño moral a través de una queja médica ante el IMSS. 

Lo anterior en razón a las consideraciones que veremos a continuación.

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3 de septiembre de 2018

Anécdotas jurídicas #1: La historia del Juez Manuel Samperio


Como en toda profesión, existen anécdotas comentadas entre los que ejercitan su profesión que exponen situaciones peculiares que se dan en la práctica y que reflejan enseñanzas o ejemplos de como un profesional adepto a su profesión puede lograr situaciones inverósimiles en detrimiento o beneficio de la imagen de su carrera.

En el caso de los abogados, este tipo de anécdotas abundan por doquier y de todo tipo. Desde la experiencia de un simple profesor narrada a sus estudiantes, hasta aquellas fábulas que se impregnan y conoce (o debería conocer) todo abogado. Un ejemplo de estos últimos es la historia del Juez de Distrito Manuel Samperio.

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