Cuando el Instituto Mexicano del Seguro Social niega total o parcialmente una prestación económica o social a un derechohabiente este puede demostrar su desacuerdo promoviendo un Recurso de Inconformidad ante el propio instituto dentro de los siguientes 15 días a la notificación de la resolución.
Aunque en esencia es un recurso administrativo, la doble naturaleza del Instituto Mexicano del Seguro Social como órgano de la administración pública y prestador de servicios médicos y de seguridad social permite que un trabajador o a algún familiar suyo promueva la inconformidad contra actos definitivos que causan un perjuicio aun cuando en algunos casos éstos no revistan de todas las características de un acto administrativo como tal.
En esta entrada analizaremos de manera sencilla y breve en qué casos procede y como puede promoverse un recurso, así como ayudas y ejemplos claros que permitirán a un trabajador promoverlo sin problema alguno.


